Bienestar Financiero

¿Quiénes pueden heredar mi pensión?

31-05-2021
pensionados haciendo el trámite de su herencia

Preguntarse si la pensión se puede heredar es algo muy recurrente entre la población colombiana, al igual que otras dudas relacionadas como, ¿quiénes pueden heredarla?, ¿qué sucede cuando el cotizante fallece antes de entrar en calidad de pensionado? Hoy te aclaramos estos interrogantes. Si ya tienes tu pensión y eres afiliado de Colpensiones, esta información indudablemente te va a ayudar. ¡No dejes de leer!

 

Pensión de sobreviviente: ¿qué es?

 

Se refiere a aquellos casos en los cuales el cotizante fallece sin alcanzar la calidad de pensionado, es decir, aún no recibía su aporte. En estos casos, los beneficiarios del pago son:

 

• Cónyuge o compañero permanente, quien deberá demostrar que mantuvo una relación y convivencia de carácter marital hasta el momento del deceso y por más de 5 años. También debe ser alguien mayor a los 30 años. En estos casos el beneficio será de forma vitalicia, es decir, recibirá la pensión hasta que fallezca.

 

Por otro lado, el cónyuge o compañero permanente menor de 30 años y sin hijos recibirá la pensión de manera temporal por un plazo de hasta 20 años.

 

En casos en los cuales el cotizante mantuvo una relación marital que no se disolvió de manera legal y, luego, durante al menos los últimos 5 años convivió con otro compañero permanente, la pensión se dividirá entre ambos.

 

• Si el cotizante no tenía cónyuge al momento del deceso su pensión pasa a ser derecho de los hijos herederos.

 

Los hijos menores de edad y los hijos mayores de 18 años hasta los 25 años que demuestren estar estudiando y dependencia del cotizante fallecido. En casos donde los hijos padezcan de alguna incapacidad y hayan sido declarados inválidos serán beneficiarios al demostrar dependencia económica del cotizante fallecido.  

 

• En situaciones en los que el cotizante no tuviera cónyuge o hijos herederos, sus padres serán los beneficiarios. 

 

• Si tampoco cuenta con padres, serán beneficiados sus hermanos. En estas dos últimas circunstancias se debe también demostrar dependencia económica por parte del cotizante.

 

 

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¿Cómo reclamar la pensión de un beneficiario fallecido?

 

Si se encuentra entre las personas beneficiarias para heredar una pensión, se deben tramitar una serie de documentos dependiendo la relación que tuviera con el cotizante. A continuación te especificamos cada uno.

 

• Cónyuge: debe presentar una copia del registro del matrimonio reciente —no más de 3 meses— y una declaración escrita por parte de terceros en la que se corrobore la convivencia y el tiempo de la misma con el afiliado.

 

• Compañero permanente: a diferencia de un cónyuge, el compañero debe presentar una declaración escrita por parte de terceros en donde se corrobore la convivencia permanente y se especifique el tiempo de convivencia con el afiliado.

 

• Hijos menores de edad: se requiere el registro civil original y una copia de la tarjeta de identidad cuando el menor tiene más de 7 años.

 

• Hijos entre los 18 y 25 años: se requiere una copia original del registro civil de nacimiento, una declaración donde se corrobore que está estudiando y no cuenta con ingresos propios y un certificado de la institución educativa en la que se encuentra escolarizado.

 

• Hijos declarados inválidos: copia original del registro civil de nacimiento, dictamen original de incapacidad para laboral y una manifestación original en la que se demuestre dependencia económica del beneficiario.

 

• Padres: copia original del registro civil de nacimiento del beneficiario expedida en en los últimos 3 meses y manifestación original en la que se muestre la dependencia económica que tenían del cotizante fallecido.

 

• Hermanos o hermanas: copia original del registro civil de nacimiento del beneficiario expedida en en los últimos 3 meses, fotocopia de la cédula de ciudadanía del solicitante, dictamen original de pérdida de capacidad laboral, constancia original de pérdida de capacidad y/o manifestación original en la que muestre la dependencia económica que tenía  del cotizante fallecido.

 

Estas son algunas de las dudas más frecuentes respecto a las personas que pueden heredar la pensión de un cotizante fallecido, de igual modo es imprescindible constatar la información directamente con la entidad a la cual cotizaba el beneficiario, dada la posibilidad de varíen ciertos requisitos.


Si tienes más dudas referentes al tema puedes consultar la Ley 100 de 1993, la cual se encarga de regular todo lo relacionado a los temas de pensión en Colombia.

 

En Bayport digital, recuerda que si haces parte del grupo de pensionados Colpensiones, te asesoramos para que conozcas a quiénes va dirigida tu herencia, además de ofrecerte otros beneficios.

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