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Bono pensional para las fuerzas armadas

25-01-2023
 ¿Quiénes tienen derecho al bono pensional?

Todos los colombianos que mes a mes realizan sus aportes a seguridad social, sin duda, anhelan hacer realidad su sueño de pensionarse y disfrutar de su vejez con mayor tranquilidad. Independientemente de si efectúan sus cotizaciones en el Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad (RAIS) o en el Régimen de Prima Media (RPM), estos trabajadores desean que cada esfuerzo que han hecho durante su vida laboral, cuente al momento de reclamar su mesada.  
 

Para los servidores de la patria, aquellos que estando vinculados al Ejército Nacional de Colombia y han protegido valientemente a su país durante varios años de su vida, el Estado también reconoce su invaluable esfuerzo por medio de: el bono pensional. ¿Eres de las personas que han servido o sirven actualmente en las fuerzas armadas y deseas conocer cómo puedes acceder a este bono? ¡Entonces continúa leyendo este artículo de Bayport! A continuación te compartiremos y explicaremos todos los aspectos básicos que necesitas saber para poder gozar de este beneficio. 
 

¿Qué es el bono pensional del ejército? 
 

El bono pensional, otorgado por la Nación, es un tipo de título valor empleado para representar en tiempo y en dinero los aportes que realizó una persona al fondo de pensiones durante el período en el que estuvo vinculado a las fuerzas armadas. Este documento, que es tenido en cuenta al momento de realizar la sumatoria de semanas de cotización a seguridad social, puede solicitarse siempre y cuando el individuo esté todavía afiliado a un fondo de pensiones, sea este Porvenir, Colfondos, Protección, etc. 
 

El bono, expedido por el Ministerio de Defensa Nacional, no se entrega en efectivo o directamente a la persona, sino que es transferido directamente a su Cuenta de Ahorro Individual (CAI), de modo que ese título valor entra a ser parte del capital con el que se financia el ahorro para la pensión.  
 

 ¿Quiénes tienen derecho al bono pensional? 
 

Las personas que están en capacidad de acceder al bono pensional del ejército nacional son todas aquellas que hayan pertenecido a la institución antes de 1994 o que hayan completado exitosamente su servicio militar obligatorio con la institución. En el primer caso, el bono será expedido teniendo en cuenta el número de semanas que hayan cotizado durante su tiempo de trabajo en la institución. 

Ahora bien, con respecto al segundo caso, debido a su complejidad, es necesario que cada individuo tenga presente los siguientes elementos: 
 

  • ¿Qué ley avala este derecho?: El acceso a este título valor es respaldado por la Ley 1861 de 2017, la cual en su artículo 45 explica que, para las “entidades del Estado de cualquier orden, el tiempo de servicio militar le será computado para efectos de cesantía, pensión de jubilación de vejez, pensión de invalidez, asignación de retiro y prima de antigüedad en los términos de la ley”.
  • ¿Cuánto tiempo comprende el bono?: Por haber completado el servicio militar en el Ejército Nacional, el Ministerio de Defensa avala que la persona sume aproximadamente entre 52 a 77 semanas de cotización. El número específico depende de si su servicio lo realizó como bachiller o como soldado.
  • ¿Cuál es la base de cotización para ese bono?: De acuerdo con lo establecido por la Corte Constitucional en la sentencia T-063 de 2013, los colombianos que hayan prestado su servicio en esta entidad tiene derecho a “(...) la parte correspondiente al tiempo de prestación del servicio, con base en el salario mínimo legal mensual vigente”. 

¿Cómo puedes solicitar el bono pensional? 
 

Ahora que comprendes todo lo relacionado con el bono pensional de las Fuerzas Armadas de Colombia, ¡es momento de solicitarlo!. Para que puedas acceder sin problemas a este derecho, recuerda que debes cumplir con los siguientes parámetros: 
 

- Estar afiliado a un fondo de pensiones.

 

- Haber pertenecido al Ejército Nacional de Colombia como funcionario normal o como parte de su servicio militar obligatorio.

 

- Cumplir con los requisitos para pensionarse, ya sea para pensión por vejez, pensión por sobrevivientes, pensión por invalidez o devolución de aportes.

 

Si cumples con todo lo anterior, puedes solicitar tu bono ante el Ministerio de Defensa Nacional a través de un derecho de petición en el que debes incluir: 

 

- Fotocopia de tu cédula.

 

- Fotocopia de tu registro civil de nacimiento.

 

- Documento con la descripción de tu tiempo en la institución.

 

- Número de la libreta militar.

 

- Distrito militar al que perteneciste. 

 

¡Y listo! Después de radicar tu derecho de petición, el Ministerio de Defensa debe gestionar tu solicitud y hacerte llegar el certificado de tu bono en el formato establecido en el CETIL (Certificación Electrónica de Tiempos Laborados). 

 

Con toda la información que te compartimos en esta nota esperamos que en muy poco tiempo puedas gozar de tu bono pensional del ejército nacional tal y como corresponde. Recuerda que si deseas garantizar tu calidad de vida y la de tus seres queridos, mientras todavía eres parte de las fuerzas armadas o después de finalizar tu etapa laboral, ¡siempre puedes contar con nosotros! 

 

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