Todo lo que debes saber sobre el Fondo de Pensiones Públicas de Nivel Nacional de Colombia

El sistema de pensiones en Colombia está diseñado para garantizar la seguridad económica de los trabajadores al llegar a la etapa de retiro. Dentro de este esquema, el Fondo de Pensiones Públicas de Nivel Nacional (FOPEP) juega un papel fundamental en la administración y pago de pensiones a los servidores públicos del país. Este fondo ha reemplazado a entidades como la Caja Nacional de Previsión Social y ha asumido la responsabilidad del pago de diversas pensiones con recursos de la Nación.
Sigue leyendo atentamente este artículo de Bayport para conocer en detalle qué es el FOPEP, quiénes pueden acceder a sus beneficios y cómo se tramitan las pensiones.
¿Qué es el Fondo de Pensiones Públicas de Nivel Nacional?
Es una cuenta especial de la Nación creada con el propósito de administrar y garantizar el pago de pensiones a los servidores públicos en Colombia. Este fondo fue establecido en el Artículo 130 de la Ley 100 de 1993 y reglamentado por el Decreto 1132 de 1994, con el objetivo de centralizar la administración de los recursos destinados a las pensiones del sector público y asegurar la continuidad en los pagos a los beneficiarios.
El FOPEP opera bajo un encargo fiduciario y actualmente es administrado por el Consorcio FOPEP, conformado por Fiduciaria La Previsora S.A. y Fiduciaria Bancolombia S.A. Estas entidades son las responsables de gestionar los recursos de la Nación para garantizar el pago puntual de las pensiones de vejez, invalidez y sustitución a los funcionarios públicos que tienen derecho a este beneficio.
¿Por qué se creó el FOPEP?
Antes de su creación, el pago de pensiones a los servidores públicos estaba a cargo de múltiples entidades, incluyendo la Caja Nacional de Previsión Social (Cajanal) y otros fondos estatales. Sin embargo, debido a problemas de gestión, falta de liquidez y dificultades administrativas, el Estado colombiano decidió centralizar estos pagos en un solo fondo para garantizar mayor eficiencia y transparencia en la administración de los recursos.
Desde su creación, el FOPEP ha asumido la responsabilidad del pago de pensiones que antes estaban a cargo de cajas de previsión que dejaron de operar por insolvencia o reestructuración, garantizando así que los pensionados del sector público continúen recibiendo sus mesadas sin interrupciones.
Características del FOPEP
- No tiene personería jurídica propia. Es un fondo especial de la Nación y no una entidad independiente.
- No reconoce nuevas pensiones. Su función principal es gestionar el pago de pensiones ya reconocidas por las entidades estatales.
- Los pagos provienen del presupuesto de la Nación. Los recursos destinados al FOPEP son administrados bajo estrictos controles financieros para garantizar la sostenibilidad del sistema.
- Opera bajo la supervisión del Ministerio de Trabajo. Esta entidad es la encargada de definir las políticas y normativas que rigen el fondo.
¿Qué tipos de pensiones administra el FOPEP?
El fondo de pensiones público se encarga de gestionar el pago de tres tipos principales de pensiones:
- Pensión de vejez: destinada a los funcionarios públicos que han cumplido con los requisitos de edad y tiempo de cotización establecidos en el régimen de prima media.
- Pensión de invalidez: otorgada a aquellos funcionarios que han sufrido una disminución en su capacidad laboral y cumplen con los requisitos exigidos por la normatividad vigente.
- Pensión de sustitución: beneficio otorgado a los familiares de un pensionado fallecido que dependían económicamente de él, como cónyuge, hijos menores de edad o con discapacidad.
¿Quiénes pueden acceder a este fondo en Colombia?

Este fondo de pensión público no está disponible para todos los ciudadanos, sino que está dirigido exclusivamente a ciertos grupos de servidores públicos cuyos derechos pensionales fueron reconocidos por entidades estatales del orden nacional. Conoce a continuación a los principales beneficiarios del FOPEP:
Funcionarios públicos pensionados por la Nación
El FOPEP administra el pago de pensiones para ex-servidores públicos que trabajaron en entidades del nivel nacional, es decir, en organismos del gobierno central como ministerios, departamentos administrativos y algunas entidades descentralizadas.
Estos pensionados adquirieron su derecho bajo el régimen de prima media, el cual garantiza una pensión basada en el promedio salarial y las semanas cotizadas durante la vida laboral del funcionario.
Algunas entidades cuyos exfuncionarios pueden recibir pensión a través del FOPEP incluyen:
- Ministerios y departamentos administrativos del Gobierno Nacional.
- Entidades descentralizadas del orden nacional.
- Superintendencias, organismos de control y vigilancia.
- Entidades públicas que han sido liquidadas o absorbidas por otras dependencias estatales.
Pensionados de entidades estatales desaparecidas o insolventes
Otro grupo de beneficiarios del FOPEP son aquellos cuya pensión estaba originalmente a cargo de cajas de previsión y fondos de pensiones estatales que fueron liquidados debido a problemas financieros o procesos de reestructuración administrativa.
Entre las entidades liquidadas cuyos pensionados ahora reciben su mesada a través del FOPEP se encuentran:
- Caja Nacional de Previsión Social (Cajanal).
- Fondo de Pensiones del Ministerio de Hacienda.
- Otras cajas de previsión de entidades nacionales que dejaron de operar.
El FOPEP asumió la administración y pago de estas pensiones para garantizar que los exfuncionarios de estas entidades sigan recibiendo su mesada sin interrupciones, asegurando estabilidad económica para ellos y sus familias.
Beneficiarios de pensión de sustitución
El fondo también realiza el pago de pensiones de sustitución a los familiares de pensionados fallecidos que tenían derecho a recibir una mesada del FOPEP. Estos beneficiarios pueden incluir:
- Cónyuge o compañero(a) permanente: siempre que haya demostrado convivencia con el pensionado fallecido según los requisitos legales.
- Hijos menores de edad: los hijos biológicos o adoptivos del pensionado pueden recibir la pensión hasta que cumplan la mayoría de edad.
- Hijos con discapacidad: si el hijo del pensionado tiene una discapacidad que le impide trabajar y dependía económicamente del pensionado, puede acceder a la pensión de forma permanente.
- Padres del pensionado: en casos donde los padres dependían económicamente del pensionado fallecido y este no tenía cónyuge ni hijos con derecho a la pensión.
Para acceder a la pensión de sustitución, los beneficiarios deben demostrar su parentesco con el pensionado y cumplir con los requisitos establecidos en la normatividad vigente.
Pensionados por invalidez que pertenecieron a entidades del nivel nacional
Los funcionarios públicos que, debido a enfermedad o accidente, han perdido al menos el 50% de su capacidad laboral y han sido calificados con una invalidez permanente, pueden recibir su pensión a través del FOPEP si el derecho les fue reconocido por una entidad pública nacional antes de su retiro. Esta pensión está diseñada para proteger económicamente a aquellos trabajadores que no pueden continuar desempeñando sus labores debido a condiciones de salud y que cumplen con los requisitos establecidos en la legislación colombiana.
¿Cómo solicitar una pensión en este fondo?

El proceso para solicitar la mesada pensional debe realizarse a través de la entidad que otorgó el derecho a la pensión, pues el FOPEP no reconoce nuevas pensiones, sino que se encarga únicamente del pago de las mismas. Esto significa que cualquier persona que desee pensionarse bajo este fondo debe iniciar su trámite con la entidad estatal correspondiente y, una vez aprobado el beneficio, la pensión será administrada y pagada por el FOPEP.
A continuación, te explicamos los pasos generales para solicitar una pensión:
Identificar la entidad responsable del reconocimiento de la pensión
El primer paso para acceder a una pensión bajo el FOPEP es verificar qué entidad estatal se encargó de la afiliación y cotización del trabajador durante su vida laboral. El interesado debe acudir a la entidad responsable de su afiliación para solicitar el reconocimiento de su pensión. En este punto, es importante confirmar si la pensión será administrada por el FOPEP o por otro sistema de pensiones, como Colpensiones o los fondos de pensiones privados.
Reunir la documentación requerida
Para comenzar el trámite de pensión, el solicitante debe presentar una serie de documentos ante la entidad encargada de reconocer su derecho pensional. Aunque los requisitos pueden variar según el tipo de pensión (vejez, invalidez o sustitución), los documentos más comunes incluyen:
- Copia de la cédula de ciudadanía del solicitante.
- Resolución de reconocimiento de pensión (si ya ha sido emitida por la entidad competente).
- Historia laboral o certificación de tiempo de servicio, expedida por la entidad pública donde laboró el solicitante.
- Registro civil de nacimiento del pensionado y de los beneficiarios (para casos de pensión de sustitución).
- Registro civil de matrimonio o declaración de convivencia, en caso de que el cónyuge solicite la pensión de sustitución.
- Certificado de supervivencia, en caso de ser requerido para actualización de datos en el FOPEP.
- Dictamen de invalidez, en caso de solicitudes de pensión por incapacidad laboral.
Es fundamental asegurarse de que toda la documentación esté completa y actualizada, ya que cualquier error o documento faltante puede retrasar el proceso de aprobación de la pensión.
Radicar la solicitud ante la entidad competente
Una vez reunidos los documentos, el interesado debe presentar su solicitud ante la entidad que administra su régimen de pensión. Esta entidad será la encargada de evaluar el cumplimiento de los requisitos y emitir la resolución de reconocimiento de la pensión. Si la pensión es aprobada, la entidad emisora informará al FOPEP para que este asuma la administración y pago de la mesada pensional. En este punto, el solicitante debe verificar que su información haya sido correctamente enviada al FOPEP para evitar demoras en los pagos.
Seguimiento y consulta del estado del trámite
El proceso de reconocimiento de la pensión puede tomar varios meses dependiendo de la entidad responsable. Durante este tiempo, es recomendable que el solicitante haga seguimiento a su trámite y resuelva cualquier requerimiento adicional que pueda surgir.
Una vez que el FOPEP recibe la notificación de reconocimiento de la pensión, el beneficiario puede consultar su estado a través de los siguientes canales:
- Página web del FOPEP: algunas entidades permiten verificar el estado del pago de pensiones en línea.
- Líneas telefónicas de atención al pensionado: para resolver dudas sobre pagos y actualización de datos.
- Oficinas físicas de la entidad reconocedora: para radicar documentos adicionales o recibir asesoría presencial.
Notificación de eventos especiales
Si la pensión es de sustitución, es decir, si un beneficiario está reclamando la pensión de un pensionado fallecido, se debe informar a la entidad correspondiente y presentar documentos adicionales, como el registro de defunción y pruebas de parentesco. En caso de que un pensionado cambie de estado civil, pierda la capacidad de recibir la pensión por alguna razón legal o requiera una actualización de datos bancarios, también debe informar al FOPEP y a la entidad emisora de su pensión para evitar interrupciones en los pagos.
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Fuentes:
https://www.fopep.gov.co/consorcio-fopep-2015/