Bienestar Financiero

¿No declaraste renta a tiempo? Calcula tú mismo la sanción

13-10-2021
declaración de renta a tiempo

Anualmente las personas naturales y jurídicas están obligadas a presentar según las condiciones y fechas estipuladas el informe de renta ante la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN). El Gobierno ha fijado que el 20 de octubre es el último día para la presentación de la declaración de renta de los contribuyentes. 

 

¿Es tu caso?, ¿olvidaste declarar renta? Si es así, en esta nota te daremos a conocer los dos tipos de sanciones que existen para las personas morosas que incumplan al presentar este documento ante la DIAN. Una se basa en la extemporaneidad y la otra son los intereses que se generan por pagar el impuesto fuera de los tiempos establecidos. Ten presente que esto también aplica para quienes se encuentran en el exterior, ellos deberán presentarla de forma electrónica y dentro de los mismos plazos de acuerdo con el calendario vigente.

 

Si tú piensas que el dinero que debes pagar en impuestos es plata perdida, no cometas este error. Las personas que han incumplido con este acuerdo terminan cancelando mucho más dinero debido a los intereses o la multa. Sabemos que no es un tema simple, pero si tienes claro que el contribuyente tiene dos obligaciones — presentar la declaración y pagar el impuesto que se genera por los ingresos—  podrás identificar si tienes el deber de cumplir con este pago o, si por el contrario, haces parte de las personas exentas. 

 

¿Quién regula las declaraciones de renta?

 

En las declaraciones de renta se deben tener a la mano todos los documentos que le den soporte a la información que vas a presentar, en caso de que algún dato no tenga su correspondiente sustento puede que el proceso para pagar se retrase. Procura contar con los siguientes papeles para que el proceso sea mucho más fácil:

 

- Certificado de saldos en cuentas corrientes y de ahorros.

 

- Certificado de inversiones realizadas. 

 

- Escritura de las propiedades a tu nombre. 

 

- Facturas que demuestren la compra de los bienes. 

 

- Certificado de ingresos y retenciones por parte del empleador.

 

- Documentos que avalen los pagos a tu favor.

 

Luego de reunir la documentación necesaria y elaborar un informe detallado donde se evidencian todos los ingresos, egresos e inversiones debes presentarlo ante la DIAN. Este ente es el que se encarga de regular estas declaraciones para luego determinar, de mano del Estado, quienes serán los contribuyentes obligados a pagar impuestos y cuáles serán sus obligaciones posteriores.

 

¿Cuáles son los requisitos para declarar renta?

 

Según el Ministerio de Hacienda todas las personas naturales y jurídicas que cumplan cualquiera de las siguientes condiciones deben declarar el impuesto sobre la renta para el año anterior:

 

• Que el patrimonio bruto al término del año gravable sea igual o superior a $160.232.000.

 

• Que los ingresos brutos durante el año gravable sean iguales o superiores a $49.850.000.

 

• Que los consumos mediante tarjeta de crédito sean superiores a $49.850.000.

 

• Que el valor total de las compras y consumos totales sea superior a $49.850.000.

 

• Que el valor total acumulado de consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras sean superiores a $49.850.000.

 

• Que seas responsable del IVA durante el año gravable.

 

 ¿Cuál es el valor de la multa por no declarar renta?

 

Como mencionábamos anteriormente, una cosa es presentar la declaración y otra pagar el impuesto. En muchas ocasiones el informe por sí mismo no significa que debas cancelar un valor, a veces el tributo es igual a 0 y en algunas circunstancias puede resultar con saldo a tu favor. Sin embargo, obviar este compromiso si representa multas que aumentan mucho más el valor a cancelar. 

 

En años anteriores, la sanción por extemporaneidad era del 5 % sobre el valor del impuesto, pero el artículo 639 del Estatuto Tributario estipuló que el valor mínimo a cancelar es de $363.000 aunque este monto depende de las particularidades de cada caso. Asimismo, en el artículo 641 se establece que si presentas la declaración fuera de su fecha límite la multa estará entre el 5 o el 10 % por cada mes. 

 

Por otro lado, si haces parte de los contribuyentes que debían cancelar la declaración, pero no lo hiciste, la sanción asciende hasta el 20 % sobre tus ingresos totales o el valor de las consignaciones bancarias del año gravable. Otro escenario es cuando presentaste el informe, pero no pagaste el monto establecido, al crearse un cobro coactivo es posible que los intereses de mora que te cobren sean muy altos o te embarguen las cuentas, bienes e inmuebles.

 

¿Cuál es la sanción por estar en mora?

 

Si tuviste una necesidad de liquidez que te impidió atender el pago de la declaración de renta, y no la pudiste liquidar dentro de la fecha límite, dicha penalidad se aplicará sin perjuicio de los intereses que origine este cumplimiento.

Según las disposiciones legales vigentes, la DIAN tiene un plazo de 5 años para hacer el cobro a los intereses por mora y las respectivas sanciones. Sin embargo, es necesario tener claro que sobre la multa no pueden cobrarse intereses y sobre los intereses no puede haber una sanción. Lo único que puede hacer la entidad, y para lo que está facultada, es para tomar posesión de los bienes inmuebles y propiedades, también podrá embargar salarios e ir por las cuentas bancarias. Por ese motivo, si obvias pagar, corres el riesgo de perder tu capital.

 

Consejos para elaborar tu declaración de renta

 

Tan importante como presentar el informe es elaborarlo correctamente. Por eso, te queremos brindar algunas pautas que te ayudarán a diseñar este documento de la mejor manera posible: 

 

• Actualiza tus datos ante la DIAN y demás instituciones del Estado. Estas entidades te envían mensajes o alertas para informarte si debes o no declarar renta, pero si tienes registrado un correo que no usas o un teléfono que ya no te pertenece será imposible contactarte. 

 

• Aprovecha las herramientas digitales de los bancos y demás entidades financieras. Así, será más fácil que solicites los extractos del año gravable a través de la sucursal virtual. Ten presente configurarla para que aparezcan correctamente los meses que necesitas y recuerda solicitar con tiempo cada documento.

 

• Visita el sitio web de la DIAN y haz uso de los instructivos que han diseñado para este fin. Aunque el formulario a completar es extenso con sus recomendaciones puedes hacer el proceso aún más sencillo y evitar incumplimientos en esta obligación. 

 

 

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